Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2012
Fecha: 02-May-2012
acción de libertad
En revisión la Resolución 03/2012 de 17 de febrero, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por René Sauciri Choque en representación sin mandato de Blanca Alicia Flores Claros Vda. de Rojas contra Erwin Jiménez Paredes, Juez Cuarto de Instrucción Penal en suplencia legal de su similar Segundo, ambos del departamento de Santa Cruz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegando
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2. Respecto a la presentación de la prueba en la acción de libertad, su valoración por el juez o tribunal de garantías y de revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- solicitar de manera expresa el accionante dicho extremo
- III.3. De la cesación de la detención preventiva y las subreglas para determinar el acto dilatorio
- de tres días hábiles como máximo
- es necesario establecer que el memorial de solicitud, debe ser providenciado indefectiblemente dentro de las veinticuatro horas de su presentación,
- III.4.