SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2012

Fecha: 02-May-2012

a)

Mediante memorial de fs. 164 a 168 se apersonan Lenny Rosario García Canelas y Zaida Eufronia Juaniquina Flores en representación del Banco Central de Bolivia expresando: a) Los accionantes ya presentaron un anterior amparo constitucional que fue declarado improcedente; b) Adolfo Canedo Fernández y Carmen Zegarra de Canedo no hicieron uso del proceso ordinario para anular o modificar la determinación de la tercería excluyente dentro de plazo legal; y, c) El cómputo para la presentación del amparo corre desde que se efectuaron reclamos para tutelar su derecho, que data de 1996, no desde la suscripción del acta de subasta y remate.