SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2012

Fecha: 14-May-2012

Fragmento 42

En mérito al razonamiento desarrollado, para el caso de servidores públicos y en mérito a la constante problemática de la cesantía de estos, se tiene por cumplida la exigencia del art. 77.2 de la LTCP, cuando se identifique el cargo o la función en ejercicio de la cual se considera que se ocasionó un acto u omisión lesiva a derechos fundamentales, por tanto, en la especie, al identificarse como autoridad demandada al Director Distrital de Educación III y al notificarse en el domicilio donde se ejercen estas funciones, se tiene por cumplido el presupuesto establecido en el art. 77.2 de la LTCP, razón por la cual, corresponde ingresar al análisis de fondo de la problemática.