SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0145/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0145/2012

Fecha: 14-May-2012

a)

Solicitan se conceda la tutela, disponiendo se deje sin efecto: a) La OM “14/2011” de 12 de mayo, mientras se defina el mejor derecho propietario entre la junta vecinal “Primero de Mayo” y los hermanos Aguilera Villavicencio; y, b) Se abstengan de ejercer algún acto de disposición de las tierras en estricto cumplimiento a la Sentencia dictada por el Juez Tercero de Instrucción en lo Civil y Comercial, por la que se les fue negada la reivindicación sobre dichos terrenos que son de propiedad de la junta vecinal “Primero de Mayo”, toda vez que al presente están vendiendo los mismos de manera ilícita, sea con imposición de costas y responsabilidad civil y penal.

Los accionantes consideran que las autoridades demandas y particulares han vulnerado sus derechos a un hábitat y vivienda adecuada que dignifiquen su vida familiar y comunitaria, a los servicios básicos y a la propiedad privada; toda vez que: a) Pese haber sido alertados sobre el conflicto del derecho de propiedad de terrenos, mediante OM 14/2011 de 12 de mayo, aprobaron la urbanización “San Luis” de propiedad de los hermanos Aguilera Villavicencio, en desmedro de la junta vecinal “Primero de Mayo, sobreponiéndose en un cien por ciento a los terrenos legítimamente adquiridos por dicha junta; y, b) En consecuencia y con la finalidad de que el Concejo Municipal de la Santísima Trinidad, analice el daño causado, presentaron la reconsideración de dicha Ordenanza, la misma que fue rechazada. En consecuencia corresponde analizar si el problema jurídico planteado puede ser analizado vía acción de amparo constitucional.