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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2012

    Fecha: 14-May-2012

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • lo que conllevó a una amenaza de su derecho a la libertad de locomoción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • I.2.3. Intervención del Tercero Interesado
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • puesto que al anularse obrados se anuló también el mandamiento de aprehensión en su contra,
    • es un mecanismo procesal de naturaleza constitucional cuyo fin es la protección y resguardo efectivo de derechos fundamentales que no versen sobre derechos protegidos por la acción de libertad
    • tiene en el ordenamiento jurídico boliviano un carácter preventivo y reparador y opera en casos en los cuales no exista otro remedio judicial eficiente,
    • ha previsto la acción de amparo constitucional, contra todos los actos u omisiones ilegales o indebidos cometidos por servidores públicos o persona particular o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y las leyes,
    • III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana
    • que garantiza el ejercicio y respeto del derecho a la libertad personal y de locomoción
    • asimismo se tiene establecido en nuestra Constitución que, en un ámbito más amplio de protección, extiende sus alcances al derecho a la vida y al derecho de libertad de locomoción,
    • sin que el primer fallo se haya puesto a conocimiento de las autoridades de la República de Brasil
    • mismo que daría lugar a la también supuesta lesión de su derecho a la libertad de locomoción
    • se tiene que dicha acción no puede ser interpuesta pretendiendo la tutela del derecho a la libertad de locomoción, por cuanto para dicho cometido se encuentra estipulado en nuestro ordenamiento constitucional la acción de libertad,
    • denegado
    • APROBAR

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