SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2012

Fecha: 14-May-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El accionante manifiesta que las autoridades ahora demandadas, iniciaron de oficio el tramite de extradición en su contra, por cuanto se encuentra radicando en Brasil, toda vez que cuenta con una Sentencia “diferida”, “la misma que le obliga a presentarse al penal de Villa Busch a cumplir condena el 26 de marzo de 2013”, por lo que otorgó poder a Jesús Mamani Ventura, quien previa revisión del expediente advirtió que nunca fue notificado con la solicitud de extradición, ante lo cual interpuso incidente de actividad procesal defectuosa, solicitando la nulidad de dicho tramite, logrando que las autoridades demandadas emitieran la Resolución de 10 de junio de 2009, anulando el procedimiento de extradición y dejando sin efecto el decreto de 5 de septiembre de 2008, a través del cual se inició el mismo; sin embargo, pese a que anulan obrados, estas autoridades seguidamente dictan otro auto sin fecha, disponiendo decretar la solicitud de extradición en su contra, por lo que se presentó recurso de apelación, donde la Sala Penal señaló que el auto impugnado sería inapelable por no estar contemplado en el procedimiento.