SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2012
Fecha: 14-May-2012
puesto que al anularse obrados se anuló también el mandamiento de aprehensión en su contra,
El accionante denuncia que las autoridades demandadas al emitir el Auto de 10 de junio de 2009, disponiendo anular obrados en razón a un incidente de actividad procesal defectuosa presentado por su representante, vulneraron sus derechos al debido proceso, a la “seguridad jurídica” y a la libertad de locomoción, ya que seguidamente dictaron otro auto disponiendo decretar la solicitud de extracción en su contra, sin que se haya puesto a conocimiento de las autoridades de la República de Brasil el primer fallo, puesto que al anularse obrados se anuló también el mandamiento de aprehensión en su contra, por cuanto dicho mandamiento no estaría vigente, lo cual hace evidente que su derecho a la libertad de locomoción se vea afectado, ya que no puede transitar con normalidad en Brasil, lugar donde radica. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- lo que conllevó a una amenaza de su derecho a la libertad de locomoción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del Tercero Interesado
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- puesto que al anularse obrados se anuló también el mandamiento de aprehensión en su contra,
- es un mecanismo procesal de naturaleza constitucional cuyo fin es la protección y resguardo efectivo de derechos fundamentales que no versen sobre derechos protegidos por la acción de libertad
- tiene en el ordenamiento jurídico boliviano un carácter preventivo y reparador y opera en casos en los cuales no exista otro remedio judicial eficiente,
- ha previsto la acción de amparo constitucional, contra todos los actos u omisiones ilegales o indebidos cometidos por servidores públicos o persona particular o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y las leyes,
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana
- que garantiza el ejercicio y respeto del derecho a la libertad personal y de locomoción
- asimismo se tiene establecido en nuestra Constitución que, en un ámbito más amplio de protección, extiende sus alcances al derecho a la vida y al derecho de libertad de locomoción,
- sin que el primer fallo se haya puesto a conocimiento de las autoridades de la República de Brasil
- mismo que daría lugar a la también supuesta lesión de su derecho a la libertad de locomoción
- se tiene que dicha acción no puede ser interpuesta pretendiendo la tutela del derecho a la libertad de locomoción, por cuanto para dicho cometido se encuentra estipulado en nuestro ordenamiento constitucional la acción de libertad,
- denegado
- APROBAR