Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0180/2012
Fecha: 18-May-2012
II.7.
II.7. Mediante Auto de 15 de marzo de 2011, el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial, ahora demandado, rechazó la solicitud de cancelación de gravámenes presentada por el accionante, disponiendo que se esté a los términos del Auto de 28 de agosto de 2009 y la apelación concedida por Auto de 12 de octubre de igual año (fs. 38).
- I.1.1. Hechos que la motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercer interesado
- concediendo en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- Fragmento 18
- III.2. Análisis del presente caso
- Fragmento 20
- RE