SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2012

Fecha: 18-May-2012

a)

El Juez Noveno de Instrucción en lo Penal, pese a su legal citación no se hizo presente en audiencia; sin embargo, en su informe cursante de fs. 62 a 64, señaló: a) El imputado desde un inicio rehusó el nombramiento de un defensor de oficio, que se podía asignarle en resguardo a su derecho de defensa; b) En cuanto a la reposición solicitada en el escrito de 17 de enero de 2012, dispuso que el encausado recurra a Defensa Pública a efecto que se le asigne un letrado; c) El accionante no relaciona los hechos que denuncia con sus derechos supuestamente vulnerados y cómo atentan ellos a su defensa en el proceso que se le sigue o se hubiera puesto en riesgo su vida; y, d) El accionante no planteó cesación a la detención preventiva ni hizo conocer concretamente los actos para la misma.