Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2012
Fecha: 18-May-2012
II.5
II.5. Asimismo, en obrados cursan otros memoriales firmados tan sólo por el ahora accionante, como los presentados el 5 de enero de 2012, pidiendo que el fiscal aclare y absuelva las preguntas planteadas con referencia a los motivos de su detención (fs. 2 a 3 vta.); solicitud de rechazo de la demanda por no haberse producido los delitos imputados (fs. 7); y, finalmente, petición de que se cite a testigos para que presten su declaración y se efectúe careo (fs. 8), señalando nuevo domicilio en la Cárcel de San Pedro (fs. 9).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción de libertad
- a)
- 1)
- denegó
- II.1
- II.2.
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza y alcances de la acción de libertad
- III.2. El procesamiento indebido y la protección de la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR