Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0077/2012 -RCA
Fecha: 01-Jun-2012
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El accionante solicitó tutela de sus derechos al debido proceso, acceso a la justicia o tutela judicial efectiva y a la igualdad. Sin embargo, al haber sido rechazada la acción de amparo por el Tribunal de garantías; corresponde, que la Comisión de Admisión en revisión dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional.
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- rechazó
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 6
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- acción de amparo constitucional
- , a los requisitos de admisión
- II.4. Análisis del caso concreto
- II.4.1. Inexistencia de causales de improcedencia
- II.4.2. De los requisitos de fondo o de contenido previstos en el art. 77.3.4 y 6 de la LTCP
- II.4.3. Respecto a los requisitos de forma, previstos en el