AUTO CONSTITUCIONAL 0077/2012 -RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0077/2012 -RCA

Fecha: 01-Jun-2012

II.4.2. De los requisitos de fondo o de contenido previstos en el art. 77.3.4 y 6 de la LTCP

Verificados los datos de la demanda y la documentación aparejada, se evidencia que el accionante cumplió con los requisitos de contenido previstos en los numerales 3, 4 y 6 de la referida norma; por cuanto, expuso con claridad los hechos que le sirven de fundamento y también identificó los derechos o garantías que se hubieren vulnerado, tales como el derecho al debido proceso y a la igualdad en la aplicación de la ley.

También fijó con precisión la tutela que se solicita para restablecer los derechos y garantías restringidos, amenazados, suprimidos o vulnerados, pues en su petitorio solicitó la nulidad del Auto Supremo 286 de 14 de septiembre de 2011 y se ordene a las autoridades judiciales demandadas, declaren la improcedencia del recurso de casación así como devuelvan el expediente al juzgado de origen para la respectiva ejecución de sentencia.