AUTO CONSTITUCIONAL 0078/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0078/2012-RCA

Fecha: 06-Jun-2012

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El accionante solicitó tutela de sus derechos a impugnar contra resoluciones judiciales, al debido proceso, a la defensa y a la libertad, consagrados en los arts. 22, 23.I y II, 180.II, 115. II, 116 y 117.II de la CPE. Sin embargo, al haber sido declarada improcedente in limine la acción extraordinaria formulada, corresponde que la Comisión de Admisión en revisión dilucide si tal declaratoria se enmarca  dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional.