AUTO CONSTITUCIONAL 0082/2012-RCA
Fecha: 11-Jun-2012
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memorial presentado el 10 de abril de 2012, cursante de fs. 32 a 36 vta., el accionante interpuso acción de amparo constitucional contra Ramiro López Guzmán y Elías Fernando Ganam Cortez, manifestando que en fecha 12 de mayo de 2010, en la tramitación del juicio oral, en el Tribunal Segundo de Sentencia se planteó el incidente de la Extinción de la Acción por Duración Máxima del Proceso, argumentando las constantes interrupciones del juicio que se deben a la inasistencia del Fiscal, jueces ciudadanos, del acusador particular y del Presidente del Tribunal.
Indica que en fecha 11 de noviembre de 2010, el recurrente interpone la apelación restringida contra la sentencia 17/2010, cursante de fs. 737 a 741, siendo la misma remitida a la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito de La Paz, quien mediante Resolución 198/2011 de 24 de Octubre, declaró improcedente los fundamentos del recurso de apelación restringida y confirma la Resolución 17/2010.
El Auto de Vista 198/2011 de 24 de octubre, acusado de vulnerar derechos y garantías constitucionales fue recurrido en casación, interpuesto dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y acusación particular siendo concedido por la Sala Penal Tercera ante el Superior en Grado, mediante Auto de fecha 22 de noviembre de 2011.
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedente in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 5
- II.2. Causales de Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- no procederá
- improcedencia
- en razones de economía procesal y en el mandato de justicia pronta y oportuna
- evitar el inicio de un procedimiento que carezca de los elementos básicos
- II.3. Improcedencia de la acción de amparo constitucional por subsidiaridad
- II.4. Análisis del caso concreto
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringido, suprimidos o amenazados
- APROBAR