Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0082/2012-RCA
Fecha: 11-Jun-2012
revisión
En revisión la Resolución 18/12 de 13 de abril 2012, cursante a fs. 39 y vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Bernabé Intipampa Mantilla, contra Ramiro López Guzmán y Elías Fernando Ganam Cortez, Vocales de la Sala Penal Tercera de La Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, ahora Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedente in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 5
- II.2. Causales de Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- no procederá
- improcedencia
- en razones de economía procesal y en el mandato de justicia pronta y oportuna
- evitar el inicio de un procedimiento que carezca de los elementos básicos
- II.3. Improcedencia de la acción de amparo constitucional por subsidiaridad
- II.4. Análisis del caso concreto
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringido, suprimidos o amenazados
- APROBAR