SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2012

Fecha: 04-Jun-2012

II.1.

II.1.  Consta en el otrosí 1 del memorial de acción de libertad (fs. 2), que la parte accionante ofreció como prueba el cuaderno de control jurisdiccional, donde cursan los actuados procesales que motivaron la misma. Asimismo, se tiene que el referido cuaderno fue remitido por la autoridad judicial demandada al Tribunal de garantías para la audiencia pública de consideración, conforme lo expresa la Resolución 34/2012, en el numeral quinto del segundo Considerando (fs. 53 vta.). Sin embargo, de la revisión del legajo remitido al Tribunal Constitucional Plurinacional, se tiene que sólo cursan: a) Memorial de acción de libertad (fs. 1 y 2 vta.); b) Auto de Admisión de 28 de marzo de 2012 (fs. 4); c) Diligencias de notificación (fs. 5); d) Informe del Fiscal demandado y copias de Sentencias Constitucionales adjuntadas (fs. 6 a 48); e) Acta de audiencia pública de acción de libertad de 29 de marzo de 2012 (fs. 49 a 51 vta.); f) Resolución 34/2012 de la misma fecha (fs. 52 a 54 vta.); y, g) Nota de remisión de la acción de libertad de 10 de abril de 2012, (fs. 55); no habiéndose remitido la prueba producida en audiencia por la parte accionante.