SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2012
Fecha: 04-Jun-2012
Fragmento 18
En cuanto al tercer requisito, está acreditado el derecho propietario del accionante con el correspondiente registro de su propiedad en la Oficina de Registro de DD.RR., pago de impuestos, servicio de energía eléctrica y agua potable; en este entendido el accionante presenta toda la documentación que acredita fehacientemente, ser legítimo propietario del lote de terreno ubicado en la zona “B” barrio el Carmen sub central sobre la av. Naval con una superficie de 6000 m2; de igual forma no se da el caso de derechos controvertidos o que esté en disputa el derecho propietario del demandante. Con relación al cuarto requisito, no se ha dado el caso del consentimiento de los actos denunciados y acusados como medidas de hecho, cuando el accionante luego de establecer el avasallamiento y posesión violenta sobre su propiedad, este acudió directamente a la jurisdicción constitucional, haciendo abstracción de los medios procesales en aplicación a la jurisprudencia precedentemente desarrollada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados"
- o particulares, restringiendo, suprimiendo o amenazando restringir o suprimir los derechos y garantías de la persona reconocidos por la Constitución
- 1)
- 4)
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- APROBAR