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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0288/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0288/2012

    Fecha: 06-Jun-2012

    APROBAR

    El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 84/2012 de 16 de marzo, cursante de fs. 58 a 59 vta., dictada por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, y, en consecuencia CONCEDER la tutela solicitada.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 2
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • “…contra los actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman, o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley
    • toda persona tiene derecho a la petición de manera individual o colectiva, sea oral o escrita, y a la obtención de respuesta formal y pronta.
    • Para el ejercicio de este derecho no se exigirá más requisito que la identificación del peticionario
    • : a) La existencia de una petición oral o escrita; b) La falta de respuesta material y en tiempo razonable a la solicitud y c) La inexistencia de medios de impugnación expresos con el objetivo de hacer efectivo el derecho de petición”
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • concedido
    • APROBAR

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