Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0348/2012
Fecha: 22-Jun-2012
II.1.
II.1. Mediante documento privado de contrato de alquiler de inmueble de 29 de enero de 2007, Fabiana Yebara Coro declaró ser única y legítima propietaria de un bien inmueble ubicado en Avenida Chichas 157 de la ciudad de Tupiza, capital de la provincia Sud Chichas del departamento de Potosí, cediendo en calidad de alquiler, una tienda, cuatro habitaciones, tres baños y una cocina, a favor de Zhao Yang Chen (fs. 8 y vta.), el que se encuentra debidamente reconocido en sus firmas por Notario de Fe Pública de Segunda Clase 1 (fs. 9).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de
- III.2. Protección directa e inmediata, otorgada en forma excepcional por la acción de amparo, ante medidas de hecho
- En cuanto al derecho a la vivienda
- arrendamiento de locales comerciales o destinados al desarrollo del derecho al trabajo.
- III.4. Análisis de la caso concreto
- 2.
- 3.
- 4.
- APROBAR