Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0357/2012
Fecha: 22-Jun-2012
II.4.
II.4. El 14 de febrero de 2012, a horas 19:02, la Jueza demandada remitió vía fax al Juzgado de Roboré los oficios 25/2012 y 26/2012, mediante los cuales, solicitó se remita el acta de audiencia y Auto de aplicación de medida cautelar impuesta a la ahora accionante o en su defecto, se informe dónde se encuentran dichas piezas procesales (fs. 28 y 29).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- este Tribunal Constitucional, agregó a la tipología del hábeas corpus desarrollada por la jurisprudencia, al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, el cual se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR