Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0360/2012
Fecha: 22-Jun-2012
SC 0957/2004-R de 17 de junio
Las líneas jurisprudenciales indicadas tienen la siguiente excepción: Cuando no existe al menos una denuncia o investigación penal abierta contra la persona, o que al momento de su aprehensión ni siquiera se le sorprendió en la comisión de un delito flagrante, situación que posibilita ingresar directamente al análisis de fondo de la causa a través de la acción de libertad, sin necesidad de acudir ante el Juez cautelar, al no existir los medios inmediatos y eficaces previstos por ley para que opere el carácter excepcional de subsidiariedad de la acción de libertad (SC 0957/2004-R de 17 de junio, reiterada por las SSCC 1009/2006-R, 0639/2007-R y 2548/2010-R).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- paralela
- III.2. Sobre la oportunidad procesal para el retiro o desistimiento de la acción de libertad
- 1)
- 2) De orden sustantivo
- hizo coexistir dos líneas jurisprudenciales importantes y consolidadas de la justicia constitucional conciliándolas razonablemente.
- 0080/2010-R
- III.3. La línea jurisprudencial sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- SSCC 0160/2005-R, 0181/2005-R, 0008/2010-R y 0080/2010-R
- SSCC 0008/2010-R, 0080/2010-R y la 0081/2010-R,
- SC 0957/2004-R de 17 de junio
- III.4. Análisis del caso concreto: La activación paralela y simultánea de la acción de libertad y el control jurisdiccional del Juez cautelar
- SSCC 0008/2010-R, 0080/2010-R, 0081/2010-R,
- APROBAR