SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0360/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0360/2012

Fecha: 22-Jun-2012

SSCC 0008/2010-R, 0080/2010-R, 0081/2010-R,

Al respecto, corresponde manifestar que conforme los propios representantes de la accionante que aseveraron en su memorial de retiro de demanda de 20 de abril de 2012, la investigación penal abierta contra su representada se encuentra ante la autoridad judicial del Juzgado Octavo de Instrucción Penal, por lo que la denuncia de la aprehensión fiscal deberá ser objeto de control jurisdiccional por dicha autoridad como encargado de ejercer el control de la investigación, en aplicación de lo dispuesto por las normas previstas en los arts. 54 inc. 1) y 279 del CPP, al ser esa vía ordinaria donde se deberá compulsar y examinar su restricción de libertad denunciada como lesiva, situación por la cual este Tribunal Constitucional Plurinacional se ve impedido de compulsar el fondo del problema jurídico planteado, a efecto de evitar un pronunciamiento doble sobre un mismo acto lesivo y con similar finalidad, entendimiento que refrenda el pronunciamiento del Juez de garantías y la jurisprudencia uniforme y consolidada (línea construida a partir de los fundamentos jurídicos de las SSCC 0008/2010-R, 0080/2010-R, 0081/2010-R, reiterada en las SSCC 0105/2010-R, 0608/2010-R y 1184/2011-R, y la SCP 0003/2012).