Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0393/2012
Fecha: 22-Jun-2012
I.3. Consideraciones de Sala
Por mandato de las normas previstas por el art. 20.I y II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; la Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional conformo' la Sala Liquidadora Transitoria, posesionando a los Magistrados de la misma, el 15 de febrero del 2012, a objeto de la liquidación de las acciones tutelares ingresadas a los tribunales de garantías hasta el 31 de diciembre de 2011, en el marco de la Ley 1836 de 1 de abril de 1998, Con la referida competencia, se procedió al sorteo de la presente causa, dictándose Resolución dentro de plazo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- denegó
- i)
- Fragmento 6
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.5.
- Fragmento 9
- III.1. Naturaleza o alcance de la acción de amparo constitucional
- III.2.1. El debido proceso
- III.2.2. El derecho a la defensa
- III.2.3. Respecto a los principios constitucionales
- III.2.4.Dimensionamiento de los efectos
- a)
- 1° REVOCAR