Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0398/2012
Fecha: 22-Jun-2012
II.6.
II.6. El 12 de marzo de 2012, a horas 18:20, Juan Víctor Mamani Condori, interpone apelación incidental contra la Resolución que dispuso su detención en el Centro Penitenciario de “San Pedro”, cursante de fs. 79 a 80; providenciándose el memorial y en aplicación del art. 251 del CPP, se dispuso la remisión de obrados dentro el plazo de veinticuatro horas al Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (fs. 81).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada.
- III.3. Trámite del recurso de apelación incidental en medidas cautelares
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR