SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0406/2012
Fecha: 22-Jun-2012
III.4. Análisis del caso concreto
En la problemática planteada, el accionante demanda la tutela de su derecho a la propiedad privada, que de acuerdo a las Conclusiones II.1 y II.2 formuladas en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, advierten que su derecho propietario sobre el lote 7, del manzano “D” Urbanización “Villa Luisa”, se perfeccionó a través de su registro en DD.RR.; con relación al lote 8, consta que es de propiedad de Zenobio Alberto Alarcón Condori, cuyo derecho propietario también se encuentra registrado. De ahí se concluye que el derecho propietario del accionante sobre el lote 7, se encuentra debidamente demostrado, no siendo objeto de litigio o controversia alguna con relación a la demandada y Zenobio Alberto Alarcón Condori, cuyo abogado y apoderado en audiencia de acción de amparo constitucional, manifestó que el lote 7 es de propiedad de su hermano Marcelo Alarcón Condori y que ambos adquirieron los lotes de terreno por compraventa de sus padres.
Bajo ese contexto, se advierte que la demandada Claudia Poma Gálvez, se encontraba en pacífica posesión del inmueble y no realizó actos de avasallamiento o despojo sobre el mismo para obtener dicha posesión, como el utilizar la fuerza o actos que dañen y fuercen su ingreso a mencionada propiedad, tampoco se puede considerar que se encontraba en una situación de ventaja respecto al accionante, toda vez que el accionante al tener consigo los documentos que acreditaban su derecho propietario, tenía la vía ordinaria para reclamar los mismos.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- frente a una medida de hecho o justicia a mano propia, donde el agraviado o accionante se encuentre ante una situación de desprotección o desventaja frente al demandado, o agresor, sea autoridad, funcionario o particular o grupo de personas, por la desproporcionalidad de los medios o acción
- sino que con acciones violentas (de hecho) ocuparon la propiedad privada de los accionantes
- III.4. Análisis del caso concreto
- y que la indicada señora dijo textualmente: ME OPONGO
- REVOCAR