SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0407/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0407/2012

Fecha: 22-Jun-2012

I.2.2. Informe de los demandados

El abogado de los demandados indicó que, los accionantes manifestaron que el 7 de septiembre de 2009, en compañía de cuadrillas se había ingresado a su domicilio cometiendo el delito de allanamiento, quitándoles el derecho “posesorio”, pero curiosamente recién el 13 de marzo de 2010, presentaron su acción, habiendo pasado más de seis meses, tiempo por demás transcurrido para interponer la acción de amparo constitucional, estando vigente el Tribunal Constitucional Plurinacional, constituido a “raíz y a la luz del Tribunal Constitucional de España quién ha emitido la Sentencia Constitucional 001 del año 1981, que establece (…) que la finalidad esencial del recurso de amparo constitucional, es la protección constitucional de los derechos y garantías constitucionales, (…) cuando otras vías ordinarias de protección han resultado ineficaces”, (sic); en consecuencia, previamente se deben agotar todas las vías, pero en el presente caso los accionantes, ya presentaron una denuncia de allanamiento ante el Ministerio Público, lo que quiere decir que se encuentra pendiente una posible imputación, acusación o sobreseimiento; siendo una característica de la acción de amparo constitucional la no subsidiariedad.