Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0417/2012
Fecha: 22-Jun-2012
denegó
La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituidos en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 9 de marzo de 2010, cursante de fs. 56 vta. a 58, denegó la tutela solicitada, sin costas, multas ni responsabilidad civil y penal, con el argumento de que los accionantes carecían de personería jurídica, ya que la misma no fue adjuntada para representar a la Comparsa “Escandalosos” y en consecuencia para interponer la presente acción.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional frente al hecho superado
- ”…que cuando desaparece el objeto del recurso, por haberse superado el hecho reclamado, el recurso debe ser denegado”
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROB