Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0417/2012
Fecha: 22-Jun-2012
II.3.
II.3. Por informe presentado el 25 de enero de 2010, dirigido al Tribunal de garantías, el demandado, adjunta copia legalizada del acta de la reunión de Directorio realizada el 21 de ese mismo mes y año, referente a la determinación asumida en dicha reunión, “…deja sin motivo o razón la acción intentada” (fs. 44 a 45). A través del memorial de 23 de enero de 2010, el demandado comunicó al Tribunal de garantías que el acto ilegal denunciado quedó sin efecto (fs. 41 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional frente al hecho superado
- ”…que cuando desaparece el objeto del recurso, por haberse superado el hecho reclamado, el recurso debe ser denegado”
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROB