Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0417/2012
Fecha: 22-Jun-2012
II.2.
II.2. Mediante acta de reunión del Directorio de la Asociación Cruceña de Comparsas Carnavaleras de 21 de enero de 2010, consta que el Directorio aprobó por mayoría de miembros dejar sin efecto la Resolución aprobada en la reunión de Directorio de 28 de diciembre de 2009, en la que se determinó que la red televisiva “UNITEL” sea el canal oficial del “Carnaval 2010” (fs. 35 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional frente al hecho superado
- ”…que cuando desaparece el objeto del recurso, por haberse superado el hecho reclamado, el recurso debe ser denegado”
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROB