SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2012
Fecha: 22-Jun-2012
concedió
La Sala de Familia, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 065/2012 de 20 de abril, cursante de fs. 67 a 70 vta., concedió la acción de amparo constitucional, con los siguientes fundamentos: 1) Se dejó sin efecto la rescisión del contrato, siguiendo vigente éste mucho después de la supuesta finalización del contrato a plazo fijo; y, 2) Se probó la falta de pago de los haberes, como las bajas médicas y los meses faltantes de subsidio. Disponiendo: i) El pago de los haberes devengados; ii) La entrega de sus papeletas de pago por los meses de salario adeudados; y, iii) La cancelación de los subsidios de lactancia de enero a marzo de 2012.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- II.4.
- II.6.
- II.9.
- 1)
- III.1. Excepción al principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional: protección a mujer trabajadora en estado de gestación
- III.2. Inamovilidad funcionaria de la mujer trabajadora en estado de gestación
- III.3. Derecho de petición de personas pertenecientes a grupos de atención prioritaria
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Respecto a la solicitud de pago de sueldos devengados y no hacerse efectiva su cancelación
- III.4.2. Respecto al derecho a la petición
- APROBAR