Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0449/2012
Fecha: 29-Jun-2012
II.1.
II.1. Por memorándum de 24 de noviembre de 2008, se designó como oficial investigadora del caso 068/2008, Marcia Moor Barrenechea, haciéndole entrega -mediante acta- de toda la documentación atinente al caso, posteriormente la misma emitió el informe en conclusiones, el 13 de diciembre del mismo año (fs. 1 a 2 y 33 a 36).
- ,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- concedió en parte
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Respecto al derecho al debido proceso y a la legítima defensa
- derecho a no declarar contra si mismo
- III.3. Respecto al derecho a la educación
- III.4. Respecto a la seguridad jurídica
- III.5. Respecto al incumplimiento de plazos
- APROBAR