SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0499/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0499/2012

Fecha: 06-Jun-2012

a)

El accionante mediante su abogado, ratificó los argumentos expuestos en la demanda, haciendo uso de la palabra amplió manifestando que: a) El 2010, presentó una acción de amparo constitucional, en dicho fallo se ordenó a la autoridad tributaria responder, el porqué se había procedido al bloqueado arbitrario de todo su patrimonio, inclusive de inmuebles que se habían adquirido con posterioridad al periodo fiscalizado; es decir, del 2002 al 2006; y, b) Ante ese incumplimiento el juez de la causa, remitió el expediente al Ministerio Público para que se procese por desobediencia a una Resolución de amparo constitucional, y al presente no se le permite disponer del resto de su patrimonio.

Por su parte, el Asesor Legal de la Dirección de Recaudaciones del Gobierno Municipal de El Alto, manifestó que: a) No se adjuntó poder notariado o testimonio de constitución del Hospital, respecto a los codemandados Jhon Villalba Camacho, Lucía Escobar Dávalos y Gladys Sonia Tarqui Triguero indicó que ya no eran funcionarios de la Alcaldía; b) Refirió, que la SC 1386/11-R de 30 de septiembre en su ratio decidendi señala que la legitimación pasiva implica que se demande contra las autoridades que intervinieron en el acto lesivo denunciado por el agraviado, debiendo ser observado por el juez o tribunal de garantías; también hizo referencia a las SSCC 1910/2011-R y 0979/2010-R, respecto a la legitimación pasiva y a los requisitos para su procedencia, motivo por el cual no se debería ingresar al análisis de fondo; y, c) Igualmente indicó, que conforme el art. 12 de la Ley 2028 de 28 de octubre de 1999 debió citarse al Control Social, al Comité de Vigilancia, y no como se hizo figurar en forma errónea como tercero interesado a Edgar Patana, Alcalde Municipal, siendo directo interesado, tampoco se agotó el principio de subsidiariedad, solicitando el rechazo in límine de la acción de cumplimiento.