SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0499/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0499/2012

Fecha: 06-Jun-2012

“denegado”

En consecuencia, la situación planteada por el accionante respecto a las normas legales y constitucionales invocadas como incumplidas, no son susceptibles de protección a través de la acción de cumplimiento; por cuanto, la Jueza de garantías, al haber “denegado”, la acción, efectuó una adecuada compulsa de los antecedentes del caso.