SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1025/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1025/2012

Fecha: 29-Jun-2012

I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda

El abogado de la accionante, ratificó íntegramente el contenido de la acción de libertad, ampliando la misma, señaló que la acción referida de libertad es traslativa y de pronto despacho cuando se lesionan derechos y garantías constitucionales y no meros mecanismos procesales, ya que existe la jurisdicción ordinaria para dichos mecanismos y cuando se infringe el derecho a la libertad, corresponde al Tribunal de garantías pronunciarse sobre la libertad.