Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0095/2012-RCA
Fecha: 02-Jul-2012
I.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela disponiendo la nulidad de la diligencia y se proceda a notificar personalmente o en su caso por cédula con el Auto de Vista de 15 de marzo de 2011, al representante legal del Gobierno Municipal de Cercado; es decir, al Alcalde para que pueda hacer uso del recurso de casación.
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- improcedente in limine
- Fragmento 5
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 7
- La Acción de Amparo no procederá cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- Fragmento 9
- a) Causales de improcedencia
- b) De los requisitos de fondo o de contenido previstos en el art. 77.3.4 y 6 de la LTCP
- c) Respecto a los requisitos de forma, previstos en el