AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2012-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2012-ECA

Fecha: 06-Jul-2012

a)

a) “Aclaren la norma, razón y/o fundamento en derecho que permite a través de un Auto Constitucional modificar el alcance de una Sentencia Constitucional o de una ley; concretamente la norma contenida en el art. 63 de la 'LCA' -lo correcto es LAC-, aclarando porqué se determina supuesto cumplimiento por parte del Juez Quince de Partido en lo Civil al haber dictado la Resolución 135/2011, si la norma aplicable no le autoriza a ingresar a un análisis de fondo y menos si la parte interesada no opuso protesto alguno durante todo el procedimiento arbitral” (sic).