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    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2012-ECA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2012-ECA

    Fecha: 06-Jul-2012

    no haber lugar a considerar la denuncia formulada

    Luego, mediante memorial de 4 de abril de 2012, el Gerente General de la empresa R.T.Z. Ltda., dirigiéndose al Tribunal Constitucional Plurinacional denunció el incumplimiento de la SC 0616/2011-R, y la inefectividad del fallo, solicitud que mereció el ACP 0001/2012-O de 18 de mayo, que determinó no haber lugar a considerar la denuncia formulada (fs. 313 a 319).

    • aclaración, enmienda y complementación
    • a)
    • c)
    • algún concepto obscuro, corregir un error material o subsanar alguna omisión sin afectar el fondo de la resolución
    • representaron
    • no haber lugar a considerar la denuncia formulada
    • inciso a)
    • inciso b)
    • es el juez o tribunal que conoció el recurso y pronunció la respectiva resolución, el encargado de velar por su cumplimiento;
    • 1º  ENMENDAR

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