AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2012-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2012-ECA

Fecha: 06-Jul-2012

c)

c) “Aclare, en qué norma y/o concepto se basa para determinar que: '…de acuerdo a lo descrito precedentemente se evidencia que el Juez Décimo Quinto de Partido en lo Civil…dio cumplimiento…', refiriéndose a que supuestamente los laudos arbitrales se pronunciaron extra petita, (…) consideraron la impersonería, siendo supuestamente contrario al orden público, que la prueba de la parte demanda no se encontraba acorde los puntos de hecho a fijar, en supuesta obligatoria aplicación del art. 382 del CPC” (sic).