Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0455/2012
Fecha: 04-Jul-2012
II.4.
II.4. Por memorial presentado el 13 de octubre de 2009, la CLHB S.A. interpuso recurso jerárquico contra la Resolución 0097/2009 (fs. 212 a 216 vta), correspondiéndole el proveído de 16 de octubre de 2009, por el que el Director Ejecutivo a.i. Regional de Impugnación Tributaria de Santa Cruz, señaló que ese recurso no era admisible porque fue planteado fuera del plazo previsto por ley, debiendo el recurrente estar a lo dispuesto por Auto de 29 de julio de 2009 cursante a fs. 84 del expediente administrativo. (fs. 217).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional: Naturaleza jurídica y alcance
- III.2. Carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y;
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROB