SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0459/2012
Fecha: 04-Jul-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante afirma que se le vulneró su derecho a la elección para el ejercicio de funciones públicas reconocido por los arts. 144.II de la CPE, 23 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por cuanto los vocales de la Corte Departamental Electoral de Santa Cruz, mediante Resoluciones expresas lo inhabilitaron y excluyeron de la lista electoral de candidatos a Alcalde para el Gobierno Municipal de Puerto Quijarro, provincia Germán Busch del departamento de Santa Cruz, por no cumplir con uno de los requisitos exigidos para su candidatura, cual es el haber prestado su servicio militar y determinar que la fotocopia simple de su credencial de militar y un certificado sin membrete que presentó para acreditar esa su condición, no era suficiente para sustituir a la libreta de servicio militar requerida, pese a haber demostrado con más documentación su condición de militar de carrera con 35 años de servicio activo. En consecuencia, corresponde determinar, en revisión, si los extremos demandados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- De estas previsiones constitucional y normativa, se desprende que el recurso de amparo se constituye en un instrumento subsidiario y supletorio en la protección de los derechos fundamentales, subsidiario porque no es posible utilizarlo si es que previamente no se agotó la vía ordinaria de defensa y supletorio porque viene a reparar y reponer las deficiencias de esa vía ordinaria
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.3.
- conceder
- 1º REVOCAR
- 2º