Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0462/2012
Fecha: 04-Jul-2012
II.4.
II.4. Mediante oficio 355/2009 de 21 de agosto, el Presidente del Concejo Municipal de Colcapirhua, dio a conocer al Director Departamental a.i. del INRA, Jaime Copa Jorge, que la urbanización “Andrés Cuschieri” (ex fundo “La Florida”), se encuentra dentro del radio urbano del municipio de Colcapirhua, definida por el Plan Director de la Región Urbana aprobado por DL 18412 y OM 25/2003 de 26 de agosto que aprueba el Reglamento de Urbanizaciones y Edificaciones (fs. 256 a 258).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción popular
- patrimonio histórico y humano
- patrimonio cultural
- III.3. De las disposiciones referidas a la admisión de la acción popular
- En cuanto al contenido de la acción popular
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR