SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2012

Fecha: 06-Jul-2012

a)

El ex Fiscal de Distrito, José César Cartagena Miranda, en el informe escrito cursante de fs. 90 a 91 sostuvo lo que sigue: a) Como autoridad fiscal jerárquica superior, actuó conforme a derecho; b) Ante la eventualidad de una imputación formal, procesalmente es posible que pueda disponerse el sobreseimiento, siempre y cuando se den las circunstancias para ello, sin que la imputación formal suponga que el fiscal esté obligado a acusar al imputado, como entiende erradamente el accionante; c) Remitido el cuaderno de investigación al Fiscal de Distrito como producto de un sobreseimiento, bajo ningún motivo el mismo podrá ordenar la continuación, ampliación o complementación de las investigaciones, sino que debe pronunciarse sobre la ratificatoria o revocatoria de ese sobreseimiento, correspondiendo preguntarse cuál es la ilegalidad de haber pronunciado una Resolución ratificatoria de sobreseimiento debidamente fundamentada, más aún si esta Resolución se produjo en estricto apego al art. 324 del Código de Procedimiento Penal (CPP); y, d) Los fundamentos de su Resolución fueron claros, precisos y sustancialmente adecuados para el caso, demostrando discernimiento de los antecedentes del proceso, para llegar a las conclusiones expuestas donde cada proceso merece un análisis independiente, por el hecho de no ser idéntico a los demás.