SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2012

Fecha: 06-Jul-2012

II.4.

II.4.  Por Resolución de 26 de mayo de 2009 la misma Fiscal decretó sobreseimiento a favor del imputado por los delitos de estafa y estelionato, con los siguientes argumentos: a) No existen elementos objetivos para una acusación formal, por cuanto no se advierte engaño en la conducta del imputado, quien suscribió un compromiso de contrato de anticrético el 12 de marzo de 2008, con el querellante -hoy accionante- lo que denota que éste tenía pleno conocimiento de que el inmueble a tomarse en anticrético tenía dos gravámenes hipotecarios, que el monto de anticrético a entregar sería para pagar las hipotecas, y que el imputado entregaría un poder de la ex acreedora, para que con ese poder, el anticresista pueda hacer la cobranza efectiva de esos dineros, a más de que al incumplimiento de aquello se someterían a los tribunales ordinarios, por lo que el accionante tenía la vía legal expedita para hacer cumplir los contratos civiles realizados con el imputado, que los testigos de cargo no establecen de qué manera el querellante fue inducido en error, sólo manifiestan que el imputado habría incumplido el pago de los $us2000.-, b) Tratándose de un vínculo contractual, su cumplimiento jurídico del pago del señalado monto es de orden civil y no puede ser penalizado, por haberse fundado y originado en un acto jurídico contractual libremente consentido que excluye el condicionante objetivo del delito de estafa y estelionato (fs. 14 y 15 vta.).