SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2012

Fecha: 06-Jul-2012

i)

Con el derecho a la dúplica dijo que: i) La prueba acompañada por el accionante, emerge de rechazos de proceso cuando ingresan a la unidad de análisis de la Fiscalía de Distrito; y, ii) Existe doctrina de la Corte Suprema de Justicia que prohíbe al Ministerio Público seguir procesos cuando existen contratos.