Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0483/2012
Fecha: 06-Jul-2012
II.1.
II.1. El proceso penal seguido por Eustaquia Mariscal de Maita contra la ahora accionante Sebastiana Solíz Vda. de Verduguez y otros, por el delito de despojo, concluyó con un fallo condenatorio por el delito de despojo, en el que se efectuó la tasación de costas y regularización de honorarios que asciende a la suma de Bs3 000.-, conminándose a su pago por Auto de 16 de junio de 2005, y que ante su incumplimiento se emitió orden de embargo contra los bienes de los condenados, entre ellos la accionante, que fue ejecutado el 11 de agosto del mismo año, consistentes en una motocultora y dos vacas lecheras, designándole como depositaria de los bienes (fs. 15 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados.
- Fragmento 12
- b) Cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución.
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegar
- APROBAR