SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2012

Fecha: 09-Jul-2012

y que la misma se interpondrá siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata.

Dentro del nuevo orden constitucional del Estado boliviano, se contempla la acción de amparo constitucional como una acción de defensa, que tiene lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Norma suprema y la ley consagrada en el art. 128 de la CPE y que la misma se interpondrá siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata.