Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0504/2012
Fecha: 09-Jul-2012
Fragmento 6
Haciendo uso de la dúplica expuso que en el presente caso el Estado es la víctima, porque no ha percibido los tributos que deberían ingresar y en cuanto al valor de la mercancía, está previsto en el art. 60 del Decreto Supremo (DS) 27310 de 9 de enero de 2004, siendo la base del remate con una rebaja del 40%. Por lo expuesto, pide se declare la improcedencia de la presente acción amparo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 6
- improcedencia
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y subsidiariedad
- mientras no se haya hecho uso de los recursos ordinarios o administrativos
- 1) Las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. Análisis del caso concreto
- “conceder”
- APROBAR