Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0512/2012
Fecha: 09-Jul-2012
II.3.
II.3. El 8 de mayo de 2009, Gonzalo Terceros Rojas, Alcalde del municipio de Cochabamba, desestimó el recurso administrativo de impugnación en base al informe 510/09 de 6 de mayo de 2009, emitido por la Dirección Jurídica, el cual señala, que no lleva la firma de la representante legal del “Consorcio ECOWAZ-SERRANO” correspondiendo desestimar el recurso y ejecutarse la boleta de garantía (fs. 5 a 7).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La seguridad jurídica y su configuración en la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre el derecho a la petición
- III.3. Del principio de inmediatez de la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- a)
- APROBAR