Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0512/2012
Fecha: 09-Jul-2012
II.4.
II.4. Mediante la Resolución Administrativa de Anulación 05/2009-03 de 31 de julio de 2009, se anuló el proceso de licitación pública nacional 04/2009, hasta el vicio más antiguo (publicación de la convocatoria), por las razones expuestas en el informe DJ 0616/09 de 28 de julio de 2009, en el cual se indica que se evidencia un vicio de nulidad (fs. 26 a 31).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La seguridad jurídica y su configuración en la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre el derecho a la petición
- III.3. Del principio de inmediatez de la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- a)
- APROBAR