Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0563/2012
Fecha: 20-Jul-2012
II.4.
II.4. Por instructivo 085 de 17 de noviembre de 2009, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social a través de la Dirección de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional, instruyó a todas las instituciones privadas y públicas el pago del aguinaldo de esa gestión impostergablemente hasta el 20 de diciembre en los sectores públicos, bajo sanciones legales pertinentes (fs. 18 a 21).
- Fragmento 1
- a)
- 1)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- concediendo
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- 2°